A juicio por estafar a un amigo más de 62.000 euros tras su muerte

Utilizó un poder general para sacar dinero de sus cuentas e intentó quedarse con una finca del fallecido y piden 4 años de prisión y 10 meses de multa

L.N.C.
11/03/2023
 Actualizado a 11/03/2023
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Una persona se sentará en el banquillo de la Audiencia Provincial de León este lunes y martes, 13 y 14 de marzo, por un delito de estafa por el que el fiscal le pide cuatro años de prisión y diez meses de multa con una cuota diaria de diez euros. Según explica en su escrito de acusación, el procesado –mayor de edad y con antecedentes penales al haber sido condenado en 2017 por un delito contra la seguridad vial– estafó a otra persona con la que «tenía cierta amistad» y que falleció el 8 de enero de 2019.

Un hecho del que «tuvo pleno conocimiento el acusado», que incluso acudió a su entierro. Por ello, la Fiscalía considera que actuó posteriormente «con ánimo de enriquecerse de forma ilícita» apoyado en que el fallecido, el 15 de junio de 2018, le había otorgado un poder general a su favor en escritura pública. Este poder se «extinguió» tras su fallecimiento, pero aunque el acusado lo sabía llevó a cabo diferentes hechos de cara a quedarse con su patrimonio y dinero.

Tal y como se recoge en el documento del fiscal, el 1 de abril de 2019 acudió a una notaría utilizando este poder general y ocultó la muerte de su amigo. Dijo al notario que «no había variado la capacidad ni el estado civil del poderdante» y otorgó escritura pública en la que manifestaba que el amigo había recibido un préstamo del acusado por importe de 30.050 euros el día 1 de enero de 1996 y, como consecuencia de este préstamo, en el momento del otorgamiento de esta escritura esta persona, ya fallecida, reconocía deber al acusado la suma de 47.621 euros, consintiendo entregar al acusado como pago de la supuesta deuda una finca cuyo valor era entonces de 132.000 euros. La Fiscalía insiste, además, en que «el acusado no ha acreditado la veracidad del préstamo ni el motivo de la supuesta concesión de este». Así, la escritura de dación en pago fue anulada por sentencia firme de fecha de 3 de febrero del año 2019.

Además, expone que el acusado, utilizando el poder general otorgado a su favor y ocultando el fallecimiento de esta persona, sacó de una de sus cuentas corrientes la cantidad de 27.700 euros para su beneficio y de otra dispuso en efectivo y mediante transferencias de otros 34.690 euros . Así, subraya que «el acusado obtuvo de forma ilícita» utilizando ese poder general y ocultando la muerte de su amigo la suma total de 62.390 euros. Unos hechos que para el fiscal constituyen un delito de estafa por el que considera que procede imponerle la pena de cuatro años de prisión y diez meses de multa con una cuota diaria de diez euros y la responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas que resulten impagadas. Reclama también que se le impongan las costas derivadas del procedimiento.
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