Amilivia propone cambios normativos para reforzar la independencia del Consejo de Cuentas

El Consejo plantea dejar de ser el único órgano de control externo de España que no aprueba su plan de fiscalizaciones

L.N.C.
19/09/2019
 Actualizado a 19/09/2019
Mario Amilivia en una imagen de archivo. | ICAL
Mario Amilivia en una imagen de archivo. | ICAL
El presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, Mario Amilivia, desgranó este jueves en su primera comparecencia de la X Legislatura del Parlamento autonómico las principales actuaciones emprendidas por el órgano de control externo desde el inicio del mandato el pasado mes de febrero. Antes de dar cuenta de cuatro informes de fiscalización, se ha centrado en los objetivos del Plan Estratégico 2019-2022 del Consejo, que fue presentado al presidente del Parlamento autonómico, Luis Fuentes, el pasado 31 de julio.

Además de su función fiscalizadora ordinaria, con 29 informes en elaboración en la actualidad, el Consejo ha venido impulsado en estos meses una serie de reformas necesarias para que la institución aborde con garantías los principales desafíos de futuro a fin de profundizar en la utilidad del servicio que presta a los ciudadanos. Así, el Plan Estratégico incorpora 4 objetivos supeditados a sendas modificaciones normativas necesarias para impulsar, entre otras cuestiones, la independencia, la autonomía funcional y una regulación precisa del procedimiento de presentación de los informes en las Cortes. Además del Tribunal de Cuentas, en los últimos años los órganos de control externo autonómicos han venido incorporando esta herramienta dentro de sus prácticas de buen gobierno y transparencia, siendo el Consejo de Cuentas de Castilla y León el séptimo de los doce existentes en aprobarlo.

Entre los principales objetivos, Amilivia destacó ante la Comisión de Economía y Hacienda la propuesta de reforzar la independencia del Consejo, asumiendo la aprobación de su propio plan anual de fiscalizaciones. Como es sabido, Castilla y León es la única comunidad autónoma en la que su órgano de control externo no goza de autonomía en la aprobación del plan de fiscalizaciones. En consecuencia, se plantea una modificación legal para corregir esta excepcionalidad y homologar el procedimiento de aprobación del plan al conjunto de los órganos de control externo autonómicos de España. Todo ello, sin perjuicio de la existencia de mecanismos de incorporación al plan, de aquellos trabajos que pueda encomendar el Parlamento autonómico.

Asimismo, también incidió en otros objetivos como garantizar la autonomía del Consejo de Cuentas en la gestión de sus recursos humanos y materiales, acortar y homogeneizar los plazos de rendición de cuentas, el establecimiento de una regulación precisa del procedimiento de presentación de los informes en las Cortes, o la aplicación de multas coercitivas y medidas tendentes a condicionar el pago de subvenciones y transferencias a la rendición de cuentas.
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