El Psoe de La Bañeza ha obtenido «una victoria parcia»l en el recurso contencioso–administrativo presentado contra los acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de La Bañeza, adoptados el 14 de julio de 2023, que incluían la creación de puestos de dedicación exclusiva y parcial para varios cargos, así como la fijación de retribuciones para el personal eventual y de confianza. Estos acuerdos, según señala la formación, «fueron aprobados sin contar con los informes pertinentes de intervención, lo que llevó al grupo socialista a votar en contra y posteriormente interponer el recurso tras la desestimación de su recurso de reposición».
El fallo del Juzgado de lo Contencioso–Administrativo ha declarado que los acuerdos relacionados con las dedicaciones exclusivas y parciales de varios cargos, así como la determinación del número, características y retribuciones del personal eventual, «no son ajustados a derecho», anulando en consecuencia dichos acuerdos. El portavoz socialista, Rodolfo Sánchez Prieto, ha mostrado su satisfacción ante este resultado, subrayando que «se ha demostrado que el equipo de gobierno del Ayuntamiento de la Bañeza no siguió los procedimientos legales conforme a la legislación vigente al adoptar estas decisiones» y exigiendo «la transparencia y cumplimiento de la legalidad» del Consistorio.
Por su parte, el equipo de gobierno indica que «la sentencia señala únicamente un error de forma» que se deriva de «la ausencia de un interventor en el pleno en el que se tomaron las decisiones». El Ayuntamiento ha respondido a las declaraciones del Psoe, a las que tilda de «temerarias», al considerar que se trata de «valoraciones políticas sobre una sentencia que aún no es firme». «El Ayuntamiento se limitó escrupulosamente a respetar lo que indicaba en sus informes el entonces secretario interino», afirman fuentes municipales, anunciando que, «tras estudiar el caso, los servicios jurídicos del Consistorio propondrán la interposición de un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia, ya que la sentencia no es definitiva».