La Audiencia Provincial de León condenó a una pena de cuatro años y seis meses de prisión al dueño de un hostal al que atribuyen un delito de violación contra una trabajadora del establecimiento. La sentencia, que se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), también prohíbe al agresor acercarse a la mujer durante seis años, así como comunicarse con ella por cualquier medio. Además se le condena a la medida de libertad vigilada por un tiempo de cinco años.
Al respecto, el tribunal considera probado que el acusado “realizó sobre el cuerpo de la víctima actos de inequívoco sentido sexual”, como lamer sus pechos e introducir su dedo en la vagina. Estos “hechos tan execrables” se acompañaron de fuerza e intimidación para contravenir la voluntad de la víctima, ya que el agresor llegó a inmovilizarla mientras la sometía a abusos.
Los hechos sucedieron en agosto de 2013 y las partes han tenido que esperar casi siete años hasta la resolución judicial, lo que beneficia al condenado ya que se le aplica la atenuante de dilaciones indebidas, según denunció la asociación Adavas, que ejerció la acusación particular en el proceso. Fuentes del colectivo destacaron que esta medida “implica siempre una injusticia para la víctima ya que supone que se rebaja la pena porque el procedimiento se ha alargado más allá de lo razonable”.
Al respecto, las mismas fuentes señalaron que resulta muy difícil acreditar que esas dilaciones son derivadas de la inacción judicial o de la conducta procesal del condenado, mediante el abuso de recursos, una conducta que puede sobrepasar el ejercicio legítimo del derecho a la defensa.
Condenan a cuatro años de cárcel al dueño de un hostal que violó a una empleada
La acusación particular lamenta que el agresor se beneficie de la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso judicial
30/07/2020
Actualizado a
30/07/2020
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