León deberá pagar el arreglo del coche que cayó de una grúa y chocó con un autobús

El Consejo Consultivo considera que es el consistorio el que debe abonar la indemnización sin perjuicio de que después se lo cargue a la empresa que presta el servicio

18/03/2025
 Actualizado a 18/03/2025
Imagen del choque frontal ocurrido este martes. | L.N.C.
Imagen del choque frontal ocurrido este martes. | L.N.C.

5 de diciembre de 2023. La grúa municipal de León es solicitada para retirar a un vehículo que se encuentra aparcado delante de un vado. Todo transcurre con normalidad hasta que en la calle Peña Labra el vehículo se suelta de la grúa y cae cuesta abajo hasta empotrarse contra un autobús urbano. El incidente se solventa sin daños personales más allá del inconveniente de los pasajeros del bus de tener que continuar su camino a pie.

A partir de ahí, con el atestado policial amparando lo ocurrido, el dueño del coche presenta una reclamación en el mes de mayo solicitando al Ayuntamiento una indemnización de 13.626,97 euros, 10.615,34 euros correspondientes a la factura de la reparación del vehículo, 3.008,48 euros en gastos de un coche de alquiler y 3,15 euros en concepto de expedición del citado atestado de la Policía Local.

Un año después, la aseguradora del consistorio emitía un informe en el que señalaba que no existía responsabilidad del Ayuntamiento al ser una cuestión de la contratista del servicio municipal de retirada de vehículos, motivo por el que se remite el expediente al Consejo Concultivo de Castilla y León. En su dictamen, asegura que lo ocurrido cumple con la concurrencia de los requisitos para señalar la responsabilidad patrimonial de la administración, aunque con matices.

El Consultivo afirma que lo ocurrido, tal como aparece en el atestado policial, "es consecuencia de una mala ejecución en las labores de enganche y remolcaje", por lo que señala que queda acreditada "la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y el daño producido, por lo que la reclamación debe estimarse por el Ayuntamiento, sin perjuicio de la posibilidad de repetir frente a la contratista la indemnización que haya abonado".

Eso sí, señala el Consultivo que en lo que se refiere al alquiler del coche que el perjudicado asegura necesitaba al vivir en un pueblo y tener que acudir al cuidado de un allegado al Hospital de León, motivo por el que también asegura que dejó su coche mal aparcado. Sin embargo, el alta de esa persona se produjo a finales de diciembre y el coche estuvo alquilado hasta marzo, cuando el vehículo que sufrió el accidente fue arreglado. El Consultivo insta al reclamante a probar el motivo de la necesidad del vehículo posterior a esa fecha para poder recibir la indemnización.

Cabe destacad que su función es meramente consultiva y deberá ser un juzgado quien dé la razón o no al reclamante.

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