Dos días de atención presencial obligatoria de los bancos en pueblos pequeños

Una enmienda conjunta de PSOE y Unidas Podemos proponen crear la figura del "gestor del mayor" en oficinas bancarias para darles atención prioritaria

EP
27/03/2023
 Actualizado a 27/03/2023
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El PSOE y Unidas Podemos han registrado una enmienda conjunta al proyecto de ley de la Autoridad del Cliente Financiero para que, en los municipios de menos de 5.000 habitantes, los bancos garanticen la atención presencial, al menos, dos días laborables por semana con un mínimo de seis horas de atención al público cada uno de ellos.

A través de la enmienda, a la que ha tenido acceso Europa Press, los socios de Gobierno buscan aplicar medidas para reforzar la atención bancaria tanto en municipios pequeños como a los clientes mayores de 65 años y a las personas con discapacidad.

Con este pretexto, PSOE y Unidas Podemos proponen también proveer sistemas de atención preferente a las personas mayores en las oficinas bancarias durante un periodo mínimo de tres horas diarias. Para ello, en cada oficina presencial al cliente, habrá una persona que asuma el cargo de "gestor del mayor", con funciones específicas de asistencia a este colectivo en su interacción con la entidad.

Además de estas propuestas, también busca el Ejecutivo establecer en los bancos un servicio de atención telefónica personalizada sin coste adicional y que sea operativo durante todo el horario comercial enfocado en el colectivo de personas mayores.

Nuevas funciones de supervisión del Banco de España


En el marco de este proyecto de ley, actualmente en trámite parlamentario en el Congreso, el Ejecutivo busca también de dotar de nuevas funciones supervisoras al Banco de España.

De hecho, en la misma enmienda que despliega medidas de refuerzo de atención a colectivos de mayores y pequeños municipios, PSOE y Unidas Podemos también proponen que el Banco de España pueda recabar de las entidades y personas sujetas a su función supervisora, así como a terceros a los que dichas entidades hayan subcontratado actividades o funciones operativas, la información necesaria para comprobar el cumplimiento de la normativa de ordenación y disciplina.

Con el fin de que el Banco de España pueda obtener dichas informaciones, o confirmar su veracidad, las entidades y personas mencionadas quedarían obligadas a poner a disposición del Banco de España "cuantos libros, registros y documentos considere precisos", incluidos los programas informáticos, ficheros y bases de datos, sea cuál sea su soporte físico o virtual.

En este marco, las entidades referidas tendrían obligación de habilitar, en el plazo que se fije para ello, los medios técnicos requeridos por el organismo liderado por Pablo Hernández de Cos para la eficacia de sus sistemas de comunicación electrónica, en los términos que este adopte al efecto.

El BDE podrá actuar sin previa notificación y de forma anónima


Todas estas actuaciones, dicen los socios de coalición, podrán ser realizadas por el Banco de España sin previa notificación, y no será necesaria la revelación por parte de sus empleados de la condición de personal del Banco de España, de forma que pueda conocer, verificar y obtener evidencia del cumplimiento de la normativa bancaria, así como de las prácticas de mercado llevadas a cabo por las entidades supervisadas en la comercialización y contratación de productos o servicios bancarios.

Adicionalmente, el Banco de España podrá solicitar la colaboración de expertos mediante la división de informes para la elaboración de estos informes. Los expertos designados, así como sus empleados, podrán actuar de forma anónima, sin revelar su actuación por cuenta del Banco de España.
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