Tras un primer intento, el funcionario habría acudido de nuevo a su puesto de trabajo acompañado por un notario sin que fuera aceptada su solicitud de incorporación siendo suspendido cautelarmente por el alcalde en el ejercicio de su cargo, tal y como expone el Ministerio Público, que sostiene que el regidor fue informado por parte de la Dirección de Ordenación del Territorio y Administración Local de la Junta de que su conducta era ilegal.
De este modo, el fiscal considera al alcalde de Cacabelos autor de un delito de prevaricación administrativa por el que pide para el acusado una pena de 13 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
La defensa del regidor sostiene que la decisión del alcalde estaba motivada por el estado de salud del denunciante, el interventor, que conllevaba una agresividad manifiesta. De hecho, asegura que no había recibido el alta médica, sino que fue dado de alta por no acudir a las revisiones. Asimismo, argumenta que la entidad de prevención de riesgos laborales había determinado que el denunciante no era apto para el trabajo, que existía un procedimiento sancionador abierto ante la Junta, otro procedimiento penal y que el funcionario, además, había pedido el traslado al ayuntamiento de Fabero.
Por seguridad de los trabajadores
Por todo ello, indica la defensa de Álvarez, el alcalde ejerció de «policía» dentro del Consistorio «cumpliendo con su obligación de garantizar la seguridad de los trabajadores municipales». En cuanto a los requerimientos de la Junta, dice la representación legal del alcalde que la administración autonómica ni cesó nunca a la interventora que sustituía al denunciante, ni tiene competencias para dar órdenes al regidor, ni informó hasta ya pasados los hechos de que debía incorporar al denunciante, y con notificaciones que no cumplían ningún requisito de forma.En este sentido, la defensa de Álvarez sostiene que no existe delito alguno de prevaricación y pide su absolución.