El Procurador del Común pide celeridad a la Junta en la gestión de las ayudas públicas

A raíz de la queja planteada por una mujer sobre la gestión de una subvención para un proyecto en la provincia de León

E.F.G./ Ical
22/08/2022
 Actualizado a 22/08/2022
Imagen de archivo de la sede del Procurador del Común en León. | MAURICIO PEÑA
Imagen de archivo de la sede del Procurador del Común en León. | MAURICIO PEÑA
El Procurador del Común ha emitido una resolución en la que pide a la Consejería de Industria, Comercio y Empleo que adopte “de manera urgente las medidas precisas para garantizar en su actuación el cumplimiento del principio de celeridad, en los términos que ha fijado el artículo 5 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de Castilla y León y de Gestión Pública”.

La actuación de la institución que dirige Tomás Quintana tiene como objetivo “evitar que se produzcan en el futuro retrasos” como el que descrito en una queja planteada por una mujer sobre la demora en la gestión de una subvención pedida en 2021 a la entonces Consejería de Empleo e Industria para desarrollar un proyecto empresarial en la provincia de León.

Aunque se da por solucionado el caso concreto, referente a una partida destinada a favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su actividad económica a Castilla y León, procedentes de otras comunidades autónomas, se plantea la conveniencia de adoptar medidas para evitar que no se repita.

“Esta Procuraduría no pretende concretar ni imponer la solución para reducir el plazo de tramitación de las solicitudes de subvención, ya que se trata de una facultad discrecional de la potestad auto-organizatoria de las Administraciones Públicas”, subraya el planteamiento del Procurador, al tiempo que apunta que “se debe analizar si falta personal o medios materiales en función del volumen de trabajo que genera la concesión de estas ayudas, si su tramitación conlleva una carga burocrática excesiva o incluso si el plazo de resolución establecido en la orden de convocatoria resulta adecuado teniendo en cuenta el sistema de tramitación de estas ayudas convocadas en régimen de concesión directa y el número de solicitudes presentadas” para evitar retrasos como el que suscitó la queja “y que es posible que no se haya producido únicamente en este expediente”.

La institución recuerda a la Consejería que “los retrasos en la recepción de las ayudas públicas en muchos casos distorsionan la finalidad para la que fueron creadas y perjudican no solo a los interesados en cada uno de los expedientes de solicitud de dichas subvenciones sino que afectan a la ciudadanía en general, mermando su confianza en el correcto funcionamiento del conjunto de las administraciones públicas”.

También alude a que “no es aceptable en términos de la eficacia y eficiencia que debe guiar la gestión de los asuntos públicos” el silencio administrativo negativo al que aludió la Consejería en sus explicaciones sobre la concesión de ayudas.
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