El Supremo reconoce la relación laboral de los falsos cooperativistas de Embutidos Rodríguez

La Seguridad Social deberá devolver unos 12 millones de euros a cerca de 400 trabajadores por las cuotas de autónomos desde octubre 2013 a noviembre 2017

Miriam Badiola / Ical
20/03/2023
 Actualizado a 20/03/2023
Juan Manuel Ramos y Ángel Manuel Santos durante la comparecencia. | CAMPILLO / ICAL
Juan Manuel Ramos y Ángel Manuel Santos durante la comparecencia. | CAMPILLO / ICAL
Una sentencia emitida por el Tribunal Supremo establece la situación de relación laboral de los falsos cooperativistas de Servicarne con Embutidos Rodríguez, de forma que declara el acta de liquidación de la inspección de trabajo y reconoce el alta de oficio de los trabajadores en la Tesorería General de la Seguridad Social, que deberá devolver las cuota autónomos a las aproximadamente 400 personas afectadas por el periodo comprendido entre octubre de 2013 y noviembre de 2017, lo que hace un total de unos 12 millones de euros.

Así lo anunciaron este martes el secretario de Organización de Comisiones Obreras Industria en Castilla y León, Juan Manuel Ramos, y el provincial, Ángel Manuel Santos, quienes explicaron que este es el “fin del conflicto del proceso de Embutidos Rodríguez” que se inició en 2019, mientras que en año 2020 una sentencia del Tribunal Social número dos de León ya avalaba la existencia de relación laboral. Dicha sentencia fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y ahora por el Tribunal Supremo.

Santos expuso que, de acuerdo con la sentencia que es firme, “concurren notas de dependencia”, entre las que se hace alusión a que la cooperativa carecía de instalaciones propias, por lo que la actividad productiva se llevaba a cabo en empresa principal, de igual manera que ocurría con los medios y herramientas, de forma que Embutidos Rodríguez decidía que se utilizaba y lo adquiría pero luego se lo facturaba cooperativa. Asimismo, la empresa principal, que después comercializaba el producto final, decía qué materia prima se utilizaba, qué animales se sacrificaban y decidía las jornadas laborales.

“Esta sentencia supone un hecho muy importante porque pone en relevancia el acta de liquidación emitido por la inspección de trabajo y declara su validez”, resaltó Santos, al tiempo que incidió en que la firmeza del documento “afecta a más de 400 personas”, que ahora recibirán de la Seguridad Social todas las cantidades abonadas por las cuotas autónomos en el periodo entre octubre de 2013 y noviembre de 2017.

Por su parte, el secretario de Organización de Comisiones Obreras Industria en Castilla y León, Juan Manuel Ramos, recordó que CCOO fue el único sindicato que se personó en el procedimiento y reclamó que lo ocurrido con la cooperativa era una relación laboral, así como que “los trabajadores prestaban servicios en una situación fraudulenta” y mantenía una relación “de semi esclavitud”, sin “a penar ningún tipo de derecho”.

“La justicia da la razón una vez más a CCOO y demuestra que nuestras tesis sindicales iniciales eran acertadas y justas, al tiempo que pone coto a una práctica del siglo XIX”, concluyó Ramos, al tiempo que lamentó “de forma profunda” que, cuando se inició el conflicto “las patronales no vieran lo que se venía encima y no compartiera el criterio inicial”.
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