El Supremo se retracta y serán los clientes quienes paguen el impuesto de las hipotecas

Tras dos días de deliberaciones, los jueces han decidido que las entidades bancarias no tendrán que abonarlo

ABC.es
06/11/2018
 Actualizado a 14/09/2019
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Giro radical del Tribunal Supremo sobre el asunto del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las hipotecas. El Pleno de la Sala III, tras dos días de deliberaciones, ha acordado por 15 votos a 13 desestimar los recursos planteados y volver al criterio según el cual el sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en los préstamos hipotecarios es el prestatario. El texto de las sentencias se conocerá en los próximos días.

El pasado 18 de octubre la sección segunda de la salta tercera del Alto Tribunal falló, ante un recurso, que debe ser el banco y no el cliente, como venía suciendo en los últimos 30 años, quien debe pagar el impuesto de AJD de las hipotecas. De esta forma, el Supremo anulaba lo establecido por el reglamento del tributo y cambiaba la jurisprudencia anterior del propio Tribunal. Ni 24 horas después de conocerse esa sentencia, en una decisión insólita que justificó por «la enorme repercusión económica y social» generada, el presidente de la sala de lo contencioso-administrativo, Luis María Díez-Picazo, frenó los recursos pendientes por esta materia y convocó al pleno a estudiar el caso para unifir doctrina, lo que se interpretó como una desautorización a la sección segunda.
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