Hasta 6.600 euros es la ayuda que podrán recibir los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León –más de 184.000 de ellos leoneses– para facilitar su retorno desde otras comunidades o ciudades autónomas del país. La Junta de Castilla y León es la que está detrás de esta subvención que este viernes publicó el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl). La publicación de la convocatoria para acceder a dichas ayudas está prevista para este próximo mes de septiembre. De esta forma, según explican desde la Junta, se materializa el compromiso adquirido mediante el Estatuto de Autonomía, que señala el deber de los poderes públicos a la hora de promover las medidas necesarias para garantizar el derecho de los castellanos y leoneses a vivir y a trabajar en su propia tierra. Además, se recuerda que el III Plan Estratégico de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior 2021-2024 aborda como uno de sus objetivos estratégicos el de potenciar el retorno de estos ciudadanos a Castilla y León. Hasta este 2023, la Consejería de la Presidencia ofrecía ayudas al retorno para aquellos castellanos y leoneses residentes en un país extranjero que volvieran a la comunidad a través del programa ‘Pasaporte de Vuelta’. Este año, por tanto, se amplía el marco de actuación, incluyendo a todos aquellos ciudadanos residentes en el Estado español. Las ayudas establecidas se corresponden con dos modalidades diferentes en función de la fase del proceso de retorno en la que se encuentren los interesados: los que aún no hayan retornado a fecha de presentación de su solicitud y los que ya lo hayan hecho.
En ambos casos, los solicitantes tendrán que cumplir con las condiciones de ser mayor de 18 años y la de carecer de bienes inmuebles de un valor superior a 50.000 euros (distintos de la vivienda en la que se resida o se pretenda residir tras el retorno). Tendrán también que haber residido en cualquier otra comunidad autónoma o en las ciudades autónomas de Ceuta o Melilla al menos dos años dentro de los últimos cinco, o bien haber trabajado en dichos territorios al menos durante un año, en el caso de personas solicitantes de 35 o más años, o al menos seis meses, en el caso de personas solicitantes menores de 35 años, dentro de los últimos cinco años. A estos efectos, no se tendrán en cuenta las estancias puntuales fuera de la Comunidad de Castilla y León por motivos de estudios, turismo u otras actividades lúdicas, ni los periodos de trabajo desempeñados fuera de la comunidad vinculados a prácticas, programas de intercambio, actividades de voluntariado o cualquier otra forma de prestación de servicios no retribuidos.
En el caso de que la persona solicitante tuviera 35 años o más en la fecha de la solicitud, para poder ser beneficiario no deberá haber percibido en el año anterior al de la convocatoria ingresos brutos superiores a dos veces el Iprem anual (14 pagas) vigente a la fecha de publicación de la convocatoria. En el caso de que la persona solicitante tuviera menos de 35 años en la fecha de la solicitud, para poder ser beneficiario no deberá haber percibido en el año anterior al de la convocatoria ingresos brutos superiores a cuatro veces el Iprem anual (14 pagas) vigente a la fecha de publicación de la convocatoria.
Cuantía individual
La cuantía de la ayuda tanto del Programa I como del Programa II será de 2.500 euros más 500 euros por persona a cargo, con un máximo de 4.500 euros. En el caso de menores de 35 años, la ayuda será de 3.500 euros más 500 euros por persona a cargo, con un máximo de 5.500 euros. En todo caso, la ayuda se incrementará en un 20 por ciento si la persona beneficiaria ha retornado o pretende hacerlo a un municipio de menos de 10.000 habitantes o bien de menos de 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de provincia, así como a un municipio incluido en algún programa vigente territorial de fomento o en un plan vigente de dinamización territorial.
Las solicitudes de ayuda se resolverán por el orden de presentación desde que el expediente esté completo, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la correspondiente orden de convocatoria. Se entenderá que el expediente está completo cuando contenga toda la documentación e informaciones previstas en las respectivas convocatorias. Por otra parte, las personas beneficiarias perceptoras de ayudas están obligadas, en ambos programas, a mantener su residencia habitual en Castilla y León durante el periodo fijado en la correspondiente convocatoria, a contar desde la publicación de la resolución de la misma en el Boletín Oficial de Castilla y León.
963.000 en la comunidad
Según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), algo más de 963.000 personas oriundas o procedentes de Castilla y León residen de forma habitual en otras comunidades autónomas españolas. Ante esta realidad exterior, según se señala en la orden recogida este viernes por el Bocyl, «el retorno a Castilla y León de nuestros ciudadanos residentes en municipios y ciudades españolas debe guiar la acción pública y constituir una parte esencial entre las soluciones que se planteen para afrontar el reto de la despoblación en nuestro territorio».