Juicio contra el responsable de un bar de La Bañeza en el que encontraron cocaína, hachís y mil euros en efectivo

El fiscal pide para el acusado una pena de tres años de prisión y una multa de 700 euros

R. Á.
17/09/2024
 Actualizado a 17/09/2024
Dinero y sustancias localizadas por los agentes en el interior del establecimiento. L.N.C.
Dinero y sustancias localizadas por los agentes en el interior del establecimiento. L.N.C.

El titular de un establecimiento de La Bañeza será juzgado este martes, 17 se septiembre, a las 11:30 horas, por un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud. El juicio tendrá lugar en la Audiencia Provincial de León y el fiscal pide para el acusado una pena de tres años de cárcel y una multa de 700 euros, así como el abono de las costas derivadas del procedimiento.

En sus conclusiones provisionales la Fiscalía destaca que los agentes de la Guardia Civil del área de prevención de seguridad ciudadana realizaron una inspección en el interior del local sobre las 23:30 horas del 2 de marzo de 2019 y, como resultado de esta, encontraron en el cuarto de baño una báscula con restos de cocaína que estaba situada sobre el lavabo, un envoltorio de plástico con 0,3 gramos de esta sustancia y dos piezas de hachís con un peso, respectivamente, de 26,2 y 1,8 gramos.

Al inspeccionar la cocina del establecimiento los agentes también recogieron una bolsa con seis gramos de cocaína –tal y como se explica en este escrito– y dos fajos de billetes que sumaban un total de 1.060 euros «procedentes de la venta a terceros de dichas sustancias». Del mismo modo, se indica que en la caja fuerte que el investigado instaló en la cocina se aprehendieron otros tres billetes de 50 euros, dos de diez y 12 de cinco. La cocaína hallada en el lugar arrojó un peso de 5,35 gramos, una riqueza del 73,01 por ciento y ha sido valorada en 526,95 euros. En cuanto al hachís, el peso neto es de 26,98 gramos, la riqueza del 26,58 por ciento y su valor de 148,92 euros. El fiscal también señala en sus conclusiones provisionales que «el acusado, en la fecha de los hechos, era consumidor de cocaína fumada y esnifada, así como de cannabis fumado, habiéndose acreditado el consumo repetido de dichas sustancias en los meses anteriores». 

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