A juicio por sacar y distribuir fotos "de carácter sexual" de una niña de 8 años

El fiscal solicita para el acusado, que distribuyó las imágenes a través de una página web, una pena de diez años de cárcel

20/05/2024
 Actualizado a 20/05/2024
El juicio se celebrará en la Audiencia Provincial de León este martes, 21 de mayo. | DANIEL MARTÍN
El juicio se celebrará en la Audiencia Provincial de León este martes, 21 de mayo. | DANIEL MARTÍN

La Audiencia Provincial de León celebrará este martes, 21 de mayo, un juicio por producción y distribución de pornografía infantil. El procedimiento está fijado para las 9:30 horas y en el banquillo se sentará un hombre para el que el fiscal pide una pena de diez años de cárcel. El acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, distribuyó en una página web –a través de un perfil creado el 12 de diciembre de 2018– una carpeta que contenía 25 archivos de imagen. En 23 de ellos, de "expreso y marcado carácter sexual", la protagonista era una menor que, según explica el fiscal en su escrito de acusación, contaba en el momento de los hechos "con unos ocho años" y que aparecía en las imágenes "tumbada en la cama", mientras que "en primer plano" se mostraban "los órganos sexuales y nalgas de la niña".

Para la Fiscalía el acusado, que tomó las imágenes "con su teléfono móvil", actuó "con la evidente intención de satisfacer sus deseos sexuales". Las IP utilizadas permitieron a los agentes dar con él y efectuar un registro en su domicilio debidamente autorizado por la autoridad judicial. Este tuvo lugar el 2 de julio de 2019 y en él se localizaron y ocuparon diversos dispositivos que estaban en su habitación. Uno de ellos es un ordenador portátil para el que facilitó las contraseñas de acceso y en el que se encontraron 4.492 archivos en una carpeta, ‘Fotos 1’, entre los que figuraban las 25 imágenes pornográficas mencionadas y, además, indica el fiscal, "imágenes de menores de edad realizando actividades sexuales de carácter explícito". Otro de los dispositivos que analizaron los agentes fue un teléfono móvil del que extrajeron dos conversaciones en las que el acusado solicitaba "vídeos de niñas desnuditas" y otra en la que enviaba multitud de archivos multimedia en los que aparecían "menores de edad realizando actos de contenido sexual explícito". 

En una aplicación, tanto en la carpeta ‘enviados’, como en la carpeta ‘descargas’, se indica que había "numerosas imágenes de menores de edad realizando actividades sexuales de carácter explícito, constando al menos una imagen enviada de una menor de edad de claro contenido sexual". En otra aplicación también se constató la existencia de "134 archivos de vídeo de origen desconocido de pornografía infantil". 

En el registro dieron también con un segundo teléfono móvil en cuyo interior había una tarjeta de memoria Micro SD con una capacidad de dos gigas que contenía "diversos archivos de pornografía infantil, así como las imágenes mencionadas en las que aparece representada la prima del acusado", remarca el fiscal. Por último, añade que una vez analizado el correo electrónico del acusado también se percataron de que el día 23 de octubre de 2018 se remitió un email a un usuario que contenía dos imágenes, una de ellas con "un expreso y marcado carácter sexual" protagonizada por una menor.

Para la Fiscalía los hechos relatados son constitutivos de un delito de producción y distribución de pornografía infantil utilizando para ello a menores de 16 años y un segundo delito de distribución de pornografía infantil. Ambos los atribuye al acusado, al tiempo que señala que "no concurren" en él "circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal". En total le reclama diez años de prisión, siete por el primero de los delitos y tres por el segundo. Al primero suma su inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleven un contacto regular y directo con personas menores de edad durante un periodo de 15 años, además de reclamar que se le prohiba comunicarse con la niña por cualquier medio, incluso a través de terceras personas, en siete años, así como aproximarse a ella, su domicilio o aquellos que frecuente a una distancia inferior a 300 metros. Por el segundo de los delitos, además de la pena de tres años de cárcel, reclama su inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades que conlleven un contacto regular y directo con menores durante diez años y su libertad vigilada durante siete años.

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