La Junta subvencionará a familias que se instalen en el medio rural de Castilla y León procedentes de otras comunidades

La Consejería de Familia concederá ayudas a quienes se empadronen en municipios de menos de 20.000 habitantes

Ical
10/06/2024
 Actualizado a 10/06/2024
Imagen de archivo. | MAURICIO PEÑA
Imagen de archivo. | MAURICIO PEÑA

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades subvencionará a las unidades familiares que trasladen su residencia al ámbito rural de Castilla y León procedentes de otras comunidades, según las bases reguladoras aprobadas y que se publican hoy en el Bocyl. Se considera que se trata de municipios menores de 20.000 habitantes.

La orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las familias por traslado de su residencia al ámbito rural de Castilla y León y empadronamiento en el mismo, procedentes de otras comunidades o ciudades autónomas de España.

La actuación subvencionable es el traslado de residencia de una unidad familiar al ámbito rural de Castilla y León y el empadronamiento en el mismo, en las condiciones y con los requisitos establecidos en estas bases reguladoras y en la respectiva convocatoria.

Podrán ser beneficiarias de la subvención las unidades familiares con ambos cónyuges o miembros de uniones de hecho inscritas en alguno de los registros oficiales de uniones de hecho existentes, ya sea sin hijos o con hijos, tanto si son menores como mayores de edad; las familias monoparentales; o aquellas con dos o más hermanos, siempre que, al menos, uno ellos sea mayor de edad. Cuando uno de los hermanos sea menor de edad, su tutela, curatela o guarda debe estar judicialmente atribuida a otro de los hermanos que se traslade.

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