La Audiencia desestima que sea mercantil la denuncia de la DO Bierzo a consejeros del año 2000

Considera que no es competencia del Juzgado Mercantil pero el ente está a la espera de que se asigne otro juzgado para seguir adelante con la causa

L.N.C.
04/07/2019
 Actualizado a 17/09/2019
El Consejo asegura que el caso judicial sigue adelante. | ICAL
El Consejo asegura que el caso judicial sigue adelante. | ICAL
La Audiencia Provincial de León ha desestimado el recurso presentado por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Bierzo, dictado por el Juzgado de Primera InstanciaNúmero 8 y Mercantil de León contra su compañía aseguradora Chubb Insurance Company Of Europe y siete de los doce consejeros que gestionaban el ente vinícola en el año 2000, en el sentido de que considera que no debe ir dirigido al Juzgado Mercantil por no tener este competencias en el caso. La presidenta del Consejo, Misericordia Bello asegura que la causa sigue viva "y estamos a la espera de que se nos asigne juzgado" para depurar responsabilidades y niega que el caso esté resuelto.

El Consejo les reclamaba una cuantía de unos 114.000 euros por haber decidido en un pleno de ese año establecer una serie de variedades mejorantes para elaborar los vinos, decisión que la Junta no procedió a autorizar, por lo que una viticultora denunció, diez años después, que sus vinos quedaran fuera de la DO por contener esos mejorantes aprobados en sesión plenaria –se trataba de merlot, chardonnay, tempranillo y merlot-.

La viticultora berciana sí consiguió el respaldo de los tribunales y se le indemnizó por parte del Consejo Regulador tras su denuncia, pese al recurso del mismo. En ese momento, el ente vinícola decidió denunciar a su aseguradora, Chubb Insurance por no haberse hecho cargo del coste. Esta reconocíahacerse cargo solo de los actos de los consejeros.

El Consejo Regulador perdió el caso en primera instancia y recurrió a la Audiencia Provincial de León que resolvió que el Juzgado Mercantil no es competente en el caso.

El tribunal dice expresamente que los argumentos esgrimidos por el Consejo se centran en “la posibilidad de acumular la acción ejercitada contra la entidad aseguradora a la acción principal de responsabilidad de los miembros del Consejo Regulador que tendría que ser atribuida al Juzgado Mercantil”, pero no tiene competencias, argumenta, al respecto. "Carece de fundamento este motivo de recurso que solicita la declaración de competencia para resolver sobre una acción acumulada a la principal sobre la que no se discute que el Juzgado Mercantil no es incompetente. No existe responsabilidad de administradores como acción principal ni criterio de competencia", explica.
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