El letrado puso de relieve que a su defendido “se le ha tomado declaración por ser el consejero delegado de la Minero Siderúrgica de Ponferrada (MSP), sin que estuviera demostrada su participación alguna en los hechos”, mientras que “no se ha llamado al director general de la empresa, el director de minas o los directores facultativos de la explotación, para que dijeran si fueron presionados por Victorino Alonso”.
Durante su lectura de las conclusiones finales, el abogado expuso que el caso supone “una causa ya juzgada” de manera “prácticamente literal en 2015”, con la que “coinciden las acusaciones, los acusados y los mismos hechos”, como es “la presunta explotación´ ilegal de la corta de cielo abierto de ‘El Feixolín’ sin que haya una sola prueba de cargo contra los acusados”.
Una falta de prueba que muestra para el letrado que “no está probado que Alonso ordenara la extracción de carbón en ‘El Feixolín’ ni diera órdenes de extraer carbón ni para el mantenimiento de labores ya iniciadas” al mismo tiempo que “no se ha probado que no había autorización cuando los planes anuales que aprobaba Minas siempre incluían informes ambientales”, quienes “en ningún momento pidieron que pararan o modificaran su actividad”.
Además, el abogado aseguró que “la utilización racional del suelo estaba orientada a los intereses generales”, ya que “además de respetar el suelo, la actividad generaba energía, calor y puestos de trabajo”.
Para el abogado “es evidente que a Victorino Alonso no se le puede juzgar, ya que falta prueba de cargo que permita condenarle por los delitos imputados”, motivo por el que solicitó una sentencia absolutoria, de la misma manera que lo hizo la defensa del apoderado de Coto Minero Cantábrico (CMM), José Tascón, que afirmó que éste “nunca ha tenido el dominio de la acción, lo que hace que no tenga la responsabilidad”.
“Insulto a la inteligencia”
El abogado defensor del exalcalde de Villablino, Guillermo Murias, insistió en que “ninguna administración mandó paralizar la actividad en ‘El Feixolín’ hasta que una sentencia de 2005 lo ordena”, momento en el que “Murias lo hace e inicia un proceso sancionador por valor de más de 120 millones de euros, que finalmente se redujo a 800.000 euros”.Fue en el momento de los alegatos finales de los tres acusados cuando Murias calificó de “insulto a la inteligencia” por parte de la Fiscalía el “relato creado” en el que se establece “a un empresario con actitudes mafiosas, un alcalde que trabajó para él y que acataría sus órdenes, un intermediario que está como chica de los recados y una persona indefensa que sufre altercados”.
Sin embargo, el que fuera alcalde de Villablino por aquel entonces se mostró consciente de que “fue una etapa complicada” para dicho consistorio pero “no se puede deducir un contubernio entre el alcalde con Victorino Alonso solo porque visitara el ayuntamiento”.
Murias preguntó a la sala qué hubiese ocurrido si en 1995, cuando Antonio Arias Tronco quiso vender la propiedad, el Ayuntamiento hubiera paralizado la explotación “con la importancia social que tenía” para favorecer que “una de las partes tuviera mejor precio de venta” y afirmó que todo se trata de “una trampa” porque “la explotación de ‘El Feixolín’, igual que todas las demás, tiene un impacto ambiental”, por lo que “tuviera un papel que lo dijera o no el daño ambiental hubiera sido el mismo”.
Por ello, pidió a la Fiscalía y a las acusaciones que “se dejen de pamplinas y sean un poco más serios” a la hora de argumentar porque “afirmar que de qué valió que se explotara ‘El Feixolín’ si se han acabado cerrando las minas” sería como “decir que de qué le sirvió a mi padre trabajar en la mina para morirse de silicosis con 38 años”.
Acusaciones
Durante la jornada de este miércoles, tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular de Antonio Arias Tronco y la acusación popular de David Hammerstein procedieron a la lectura de sus conclusiones, en las que aseguraron que no existía ninguna duda sobre la comisión de los delitos ni de la responsabilidad de los acusados sobre los mismos.Por ello, elevaron a definitivas las peticiones de pena iniciales, de manera que para Victorino Alonso y José Tascón, el fiscal solicita ocho años de prisión por un delito continuado contra el medio ambiente, ya que la actividad minera se desarrolló durante 15 años en un paraje protegido sin las licencias necesarias, así como la restauración completa del daño ecológico y medioambiental causado. Para Murias pide 15 meses de cárcel por un presunto delito de prevaricación urbanística, ya que considera que trató de legalizar la situación de la explotación de ‘El Feixolín’ para que pudiera continuar con su actividad.