La representación legal del presidente y vicepresidente del Consejo de Administración de La Vasco niega así «rotundamente» que la causa del accidente fuera la caída de la bóveda del post taller, como afirman muchas de las acusaciones particulares e incluso recoge parcialmente el Ministerio Fiscal, y desmiente «con más rotundidad si cabe» que la empresa no tuviera implementado todo un sistema de seguridad y salud, dotado con los «medios humanos, técnicos y económicos precisos» y que cumplía las exigencias legales vigentes «plenamente» e incluso «por encima» de lo requerido.
Sistema de Prevención
En el documento, la defensa considera «fatal» la muerte de los seis empleados, así como las lesiones de otros ocho trabajadores. No obstante, incide en que «desde el mismo día» en el que se produjo el accidente puso «todos los medios personales, técnicos y económicos para tratar de encontrar las causas del mismo y comprobar con la investigación exhaustiva de todas las circunstancias cómo había funcionado el Sistema de Prevención correspondiente». Éste –prosigue la defensa– contaba con la aprobación de la Autoridad Minera y al ser un sistema propio era sometido a auditoría externa cada dos años, habiendo pasado la última en octubre de 2012 y una adicional, en diciembre de 2014 –por parte de Auditores del Noroeste–, ya posterior al accidente, en la que se confirmó «sin el menor género de dudas que la organización del Sistema de Prevención se ajustaba a todas las exigencias normativas, tanto generales como de riesgos específicos», siempre según el escrito de defensa. El presupuesto anual de 2013 para la actividad preventiva era de 1.263.379 euros y, «a pesar de la crisis importantísima del sector minero en los últimos años, nunca se recortó el presupuesto» de seguridad y se mantuvo «a la vanguardia» en estas políticas.Otro de los datos que se ofrece en las conclusiones provisionales de la defensa de Antonio y Arturo del Valle es el encargo tras el siniestro al Laboratorio Oficial Madariaga –acreditado por la ENAC como organismo de control autorizado para el ámbito minero– de un informe que verificara el cumplimiento de los requisitos normativos en la explotación este de la planta 7 del macizo 7 del grupo ‘Pozo Emilio del Valle’, lugar del accidente. Se elaboró apenas dos meses después de él y «no detectó la existencia de incumplimientos».
Por todo ello, se concluye que la obligación de gestionar la política de seguridad y salud de la empresa se cumplía de forma «suficiente» por los responsables de la empresa y se añade que los métodos de explotación se ajustaban a los vigentes y aprobados por la Autoridad Minera y que la ventilación cumplía también «todas las prescripciones técnicas». En resumen, remata advirtiendo que «todos los hechos señalados nos llevan a estimar que la actuación de mis defendidos en su condición de presidente y vicepresidente respectivos del Consejo de Administración de la S.A. HVL carece por completo de relevancia penal».