El gabinete de crisis se reunió este lunes por la tarde y decidió ampliar a toda la comunidad las medidas adicionales del ‘nivel 4’ de alerta, que ya se venían aplicando desde el domingo en las provincias de Ávila, Segovia y Palencia.
Dichas medidas serán propuestas este martes en un Consejo de Gobierno extraordinario con el objetivo de que entren en vigor a las doce de la noche. Se extenderán en principio durante 14 días, hasta las 23:59 horas del 26 de enero, aunque la Consejería de Sanidad evaluará de forma continua la situación sanitaria con el fin de garantizar la adecuación de las medidas vigentes a la evolución de los indicadores epidemiológicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser aquellas mantenidas, modificadas o levantadas en función de su evolución.
Centros comerciales
Las medidas son similares a las aplicadas para frenar la segunda ola de la pandemia durante el pasado mes de noviembre. Afectan en primer lugar a los grandes centros comerciales, aunque se establecen las siguientes excepciones: establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos sanitarios, centros o clínicas veterinarias, productos higiénicos, librería, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, peluquerías, tintorerías y lavanderías y sucursales bancarias, así como departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas y que se puedan encontrar en el interior de dichos establecimientos.También pueden mantener su actividad los establecimientos individuales de menos de 2.500 metros cuadrados de superficie de venta al público con acceso directo e independiente desde el exterior del centro comercial.
En todo caso, los establecimientos, instalaciones y locales que puedan seguir abiertos deberán exponer al público el aforo máximo, en el que están incluidos sus trabajadores, y asegurar que la distancia de seguridad interpersonal se respeta en el interior, debiendo asimismo establecer procedimientos que permitan el recuento y el control de aforos. No se permite en ningún caso la permanencia de clientes en zonas comunes, incluidas áreas de descanso, excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales; también deberán estar cerradas zonas recreativas, como parques infantiles o similares. La permanencia en los establecimientos cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de productos, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos. Las medidas de la Junta establecen que se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados lleven mascarilla y mantengan la distancia de seguridad a fin de evitar posibles contagios.
Hostelería
Las medidas adicionales al ‘nivel 4’ de alerta suponen también la suspensión de todas las actividades de restauración en interiores, permitiéndose únicamente en terrazas. En todo caso, seguirán en vigor las condiciones indicadas para el ‘nivel 4’ en el funcionamiento de las mismas (75% de aforo, separación de al menos 1,5 metros entre mesas y un máximo de seis personas).También para la hostelería se establecen excepciones. Podrán seguir funcionando los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo. También los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento. Otra de las excepciones son los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, socio sanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
Además, podrán abrir otros servicios de restauración en centros de formación y de trabajo, destinados a las personas que desarrollen su actividad en los mismos. Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada también seguirán abiertos con el objetivo de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
Gimnasios
Además, se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física no oficial y no federada, que no sean al aire libre. Se suspende la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional de ámbito autonómico, salvo las competiciones, incluidos sus entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de competición desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal. No se permite la asistencia de público a ningún evento deportivo.Casas de apuestas
Las medidas que este martes aprobará la Junta para toda la comunidad incluyen la suspensión de la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.Fuentes de la administración autonómica aseguran que estas restricciones responden a los últimos informes sanitarios y de la evolución de los indicadores pandémicos en la comunidad, que expresan una situación de riesgo extremo y con transmisión comunitaria no controlada y sostenida que excede las capacidades del sistema sanitario.
Defienden además que la adopción de restricciones conllevará beneficios a corto, medio y largo plazo, tales como la limitación de contagios y de hospitalizaciones en planta y UCI o el descenso de la mortalidad.