«No tiene ninguna validez ni es garantía de nada, porque todos sabemos que si Raquel deja de pagar la hipoteca es el banco el que se queda con el inmueble», señala la abogada que representa los intereses de la hija de Isabel Carrasco, Beatriz Llamas. Además, las acusaciones particulares recuerdan en el escrito presentado ayer ante la Audiencia que esta forma de pago no está contenida «en ninguno de los casos» contemplados en la Ley Procesal, ni aun intentando «forzar» la norma. «Tampoco se ha cumplido por la representación de Raquel Gago con el requisito legalmente previsto para una fianza hipotecaria, que es presentar una tasación real de la vivienda» o inmueble que se pretende que sirva para cubrir la fianza, añaden.
Así, entienden que ésta -en libertad provisional desde el 29 de enero de 2015 previo pago de 10.000 euros- debería regresar de forma «inmediata» a la cárcel y «suplican» que no se acepte por parte de la Audiencia «la ficción» que supone estimar como aval una vivienda hipotecada que «no garantiza ni la inmediata disponibilidad del dinero» requerido ahora como fianza -30.000 euros- «ni la futura, ya que la hipoteca puede ser ejecutada y desaparecer la anotación en el Registro de la Propiedad», recuerdan.
Con una "sentencia condenatoria"
Al mismo tiempo, sostienen que sobre Raquel Gago pesa ahora una «sentencia condenatoria» emitida por la propia Audiencia y que, pese a haberse anunciado la interposición de diferentes recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) y el Supremo, lo correcto es que ingrese en prisión o, como mínimo, «preste otra fianza o aval real» que se ajuste a los términos establecidos en la resolución -también recurrida- que le permite hasta el momento mantener su libertad provisional.