Los mineros de la HVL no podrán acogerse a bajas incentivadas a 36 meses

Alegan que los responsables de la minera no lo solicitaron.

E. Niño
29/01/2018
 Actualizado a 19/09/2019
Hullera Vasco Leonesa. | DANIEL MARTÍN
Hullera Vasco Leonesa. | DANIEL MARTÍN
Esta es la realidad según han notificado al sindicato UGT-Fica fuentes del Ministerio de Industria: los trabajadores de la Hullera Vasco-Leonesa no podrán acogerse a las bajas incentivadas a 36 meses al no haberlo solicitado los responsables de la minera. Así se desprende de una respuesta elaborada por fuentes de Ministerio de Industria en relación a una pregunta formulada por el sindicato UGT Fica sobre la extinción de las relaciones laborales por baja indemnizada con posterioridad al cierre de la unidad de producción.

El citado sindicato plantea en su pregunta, a la que ha tenido acceso La Nueva Crónica, que la disposición adicional tercera del BOE del 6 de agosto planta que “aquellos trabajadores que queden para las labores de cierre con un máximo de 36 meses, podrán ver extinguida su relación laboral durante el tiempo que contribuyan a las labores de restauración y clausura de la explotación minera, incluso si es más allá de 2018 cuando esta finalice, pasarán a cobrar la baja indemnizada con la correspondiente extinción de su relación laboral”. El sindicato insiste en que esto podría situar a algunos trabajadores en los años 2019 o 2020. Así, interpreta que aquellos trabajadores que tienen su baja incentivada solicitada en 2017 –que es la fecha límite para solicitarla- podrían encontrarse con que su relación laboral fuese más allá del 2018 siempre y cuando contribuyan con las labores de restauración y clausura de las explotaciones mineras. Así, preguntan si sería en ese momento cuando pasarían a extinguir su relación laboral y a su vez de cobrar la baja incentivada.

En la respuesta dependiente del Ministerio de Industria se indica que “respecto a la cuestión de si es posible extender este plazo a 36 meses hasta el 1 de enero de 2020, según la disposición adicional tercera del Real Decreto 676/2014 de 1 de agosto”, se entiende que no “puesto que la empresa no se acogió a tal posibilidad cuando efectuó su solicitud de las ayudas por bajas indemnizadas, como hubiera sido preceptivo”.

En la respuesta también se indica que en diciembre de 2016 la HVL notificó una relación de trabajadores que consideraba necesarios a partir del 1 de enero de 2017 para llevar a cabo las tareas de clausura en la unidad de producción interior, pero “no indicaba en su escrito la duración de estas labores”. Así, señala que “las bajas indemnizadas de los trabajadores incluidos en esta relación pueden hacerse efectivas hasta el 30 de junio de 2018, límite que marca el plazo de 18 meses para el plan de cierre del que ha informado la Administración Concursal al comité intercentros”.
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