Antes la gente moría por las características del vehículo, porque el alcohol en los jóvenes se tomaba más a la ligera… Y ahora una de las principales causas de muerte en la carretera es el teléfono móvil. Y a esta circunstancia obedece uno de los principales cambios introducidos en la normativa. La sanción por manejar el móvil al volante pasa de tres a seis puntos. Desde 2016, las distracciones al volante se han convertido en la primera causa de los accidentes mortales (31%) y en 2020 este dato creció tres puntos. La proliferación de las redes sociales, la dependencia del móvil y la inmediatez son elementos nocivos durante la conducción. Es por eso que se incrementan los puntos a detraer, manteniéndose en todo caso en 200 euros la sanción económica.
Otro de los cambios destacados es que aumentan de tres a cuatro los puntos que perderán los conductores por no hacer uso o utilizar de manera incorrecta el cinturón de seguridad, el sistema de retención infantil, el casco o el resto de elementos de protección que son obligatorios al conducir. Se mantiene la misma sanción de 200 euros.
Si tenemos en cuenta los datos referidos a la provincia de León y al pasado año, la DGT contabiliza casi 2.400 sanciones por estas dos conductas inadecuadas al volante, lo que deja una media ligeramente superior a seis cada día. Concretamente, fueron 1.215 multas por utilizar el móvil y otras 1.183 por no llevar el cinturón.
Llama la atención el incremento de los datos referidos al uso del teléfono, ya que en 2019 habían sido 964 y el pasado año hubo mucha menos movilidad debido al confinamiento y a las demás restricciones para poner coto a las primeras olas de la pandemia. En el caso del cinturón, sí se observa un descenso, ya que en 2019 fueron 1.384 las infracciones detectadas en la provincia. No hay que olvidar que uno de cada cuatro fallecidos en accidente de tráfico no hacía uso de este dispositivo de seguridad en su vehículo.
Adelantamientos
Otro de los cambios destacados en la nueva normativa es que se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 kilómetros por hora los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. La DGT argumenta esta modificación en que dos de cada tres accidentes mortales se producen en carreteras convencionales. Es por eso que se persigue eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos en este tipo de vías son uno de ellos.Menores, alcohol y drogas
Otra de las modificaciones introducidas en la ley establece que los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, motos de hasta 125 centímetros cúbicos, bicicletas y patinetes) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0 tanto en sangre como en aire espirado.Objetos a la vía
El nuevo texto establece también que aumentan de cuatro a seis los puntos que se perderán en el carné por arrojar a la vía o en sus inmediaciones cualquier tipo de objeto que pueda producir accidentes o incendios, según el texto aprobado esta misma semana en el Congreso de los Diputados.Seguridad de los ciclistas
La reforma provoca además que se incremente la seguridad de los ciclistas. En este sentido, se hace obligatorio –en vías con más de un carril por sentido– cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, aumentan de cuatro a seis los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros, manteniéndose la cuantía de la multa en 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en carriles bici o en vías ciclistas.