El PP en el Ayuntamiento de León compareció este martes para acusar al alcalde, el socialista José Antonio Diez, de “restringido el tráfico de las calles Gil y Carrasco, San Agustín, Alfonso V y Ramiro Valbuena de manera ilegal”.
“Ha implantado una Zona de Bajas Emisiones por la puerta de atrás, saltándose la ley”, señaló Fernández antes de añadir que “lo peor de estas decisiones son las consecuencias que ha tenido para el tráfico de la ciudad: embotellamientos, lentitud en la circulación en el centro y aparcar el coche se ha convertido en una pesadilla”. Aseguran que en respuesta al requerimiento de información hecho por el Procurado del Común a instancias de una queja presentada por el PP, el equipo de gobierno trató de engañar a la institución, diciendo que en realidad esas calles no son zona de bajas emisiones cuando el propio nombre del proyecto de cada una de las obras lo apuntaba.
“El colmo de la irresponsabilidad y de la improvisación llega cuando el equipo de gobierno afirma que el cierre es provisional a la espera de la aprobación de la ordenanza reglamentaria, cuando hace apenas tres semanas emitió los decretos que regulaban esas calles. En definitiva, un burdo ejemplo más de las mentiras y los engaños de este alcalde con las que pretende camuflar su incompetencia”, subrayó.
La resolución emitida por el Procurador del Común pide al Ayuntamiento que “valore la oportunidad de no imponer restricciones a la circulación de vehículos dentro de las zonas a que se refiere la queja hasta que no sea aprobada la ordenanza correspondiente que proporcione la debida cobertura normativa, aprobación que ha de realizarse a la mayor brevedad, pero garantizando en todo caso el cumplimiento de las exigencias procedimentales y de contenido legalmente previstas”.
Además, insta a la administración local a que cuando apruebe la ordenanza municipal relativa a la creación y gestión de las zonas de bajas emisiones del municipio de León, tome en consideración los valores límite de los contaminantes establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, sobre la mejora de la calidad del aire. Señala también que las medidas de restricción de vehículos en las Zonas de Bajas Emisiones deberán ser adecuadamente motivadas en cuanto a su idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
En este contexto, concluye, se deberá tener en cuenta el potencial contaminante y las emisiones de gases de efecto invernadero de cada tipo de vehículo, así como las situaciones de vulnerabilidad de las personas residentes en la zona, especialmente aquellas con discapacidad.