El Procurador recuerda que visitar los BIC leoneses y los museos públicos debería ser gratuito

Una resolución indica que la administración debe ofrecer la visita gratuita a los Bienes de Interés Cultural y al menos cuatro días al mes para los museos

18/12/2024
 Actualizado a 18/12/2024
Un grupo de turistas contempla la fachada de la Catedral de León en una imagen de archivo. | MAURICIO PEÑA
Un grupo de turistas contempla la fachada de la Catedral de León en una imagen de archivo. | MAURICIO PEÑA

Una resolución del Procurador del Común remitida a la Consejería de Cultura de la Junta de Castilla y León señala que la administración debe permitir la visita gratuita en los mismos horarios y en los mismos espacios que pagando a los Bienes de Interés Cultural de la provincia de León así como marcar al menos cuatro días al mes en los que acceder sin pagar a los museos de su titularidad. Son muchos los BIC con los que cuenta la provincia y entre los que se encuentran algunos de los lugares más visitados de la misma desde Catedral hasta San Isidoro pasando por el Castillo de Ponferrada, Las Médulas o el Palacio Episcopal de Astorga.

Con motivo de una queja en la que se hacía alusión al deficiente cumplimiento en Castilla y León de la normativa en materia de Patrimonio Cultural, que señala que precisamente los bienes declarados de interés cultural deben tener gratuidad en el acceso al menos cuatro días al mes, el Procurador analizó la normativa de otras comunidades autónomas alcanzando al conclusión de que la restricción en este sentido es mucho mayor especto a otras. Andalucía, Euskadi, Galicia, Islas Baleares, Madrid o Murcia permiten un día por semana o cuatro días al mes o en Aragón el acceso es totalmente gratuito a los museos de titularidad autonómica.

Así, el Procurador Tomás Quintana señala que es oportuno "modificar la normativa reguladora de los museos de la comunidad para garantizar que la visita gratuita a los mismos pueda realizarse, al menos, cuatro días al mes (además de los festivos), lo que ha de contribuir a facilitar la difusión de la riqueza cultural y patrimonial de la Comunidad y garantizar la igualdad de oportunidades de los ciudadanos en el acceso a la cultura".

Por lo tanto, la resolución indica que "a los efectos de aprobar los calendarios de visitas para los bienes declarados de interés cultural e inventariados, la Administración debe interpretar que el horario de las visitas gratuitas que se establezcan no puede ser más restringido que el existente para los días en los que las visitas no son gratuitas, que no es posible limitar en los horarios de visitas gratuitas los espacios a los que pueden acceder los visitantes en comparación con aquellos a los que pueden acceder abonando la correspondiente entrada, y que no debe exigirse la obtención de entrada para las visitas gratuitas bajo ciertas condiciones que no estén igualmente previstas para las visitas no gratuitas (obtención vía online exclusivamente, con cierta anticipación, etc.)" así como valorar "la oportunidad de fijar por ley un régimen de visitas gratuitas a los museos de la Comunidad de Castilla y León similar al establecido para los bienes declarados de interés cultural e inventariados, con el objeto de que, en todo caso, se pueda acceder a los mismos de forma gratuita al menos cuatro días al mes"

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