Sacyl acepta el acceso de enfermeras leonesa al grado I de la carrera

Satse impulsó los recursos de reposición para computar el tiempo trabajado fuera de España

L.N.C.
13/10/2022
 Actualizado a 13/10/2022
Enfermeros en León, en una imagen de archivo. | L.N.C.
Enfermeros en León, en una imagen de archivo. | L.N.C.
El Sindicato de Enfermería Satse en León ha logrado el reconocimiento a varias enfermeras de la provincia del acceso al grado I de la carrera profesional correspondiente al año 2011 que el Servicio de Salud les denegaba por no tener en cuenta, a efectos de antigüedad, el tiempo que trabajaron fuera de España.

Satse León impulsó y apoyó la presentación de recursos de reposición contra las resoluciones de la Gerencia Regional de Salud que excluían a las enfermeras de los listados definitivos de admitidos en el acceso al grado I de carrera profesional del año 2011 y ahora, una resolución del viceconsejero de Asistencia Sanitaria, Planificación y Resultados en Salud y gerente de Sacyl estima esos recursos.

La estimación se produce en virtud de lo resuelto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al analizar estas cuestiones y de la posterior sentencia de la Sala Contencioso Administrativa de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 2022 (que había preguntado sobre este asunto al TJUE).

El Tribunal europeo, y posteriormente el TSJ de Castilla y León, estimaron que “una normativa nacional relativa al reconocimiento de la carrera profesional en el servicio de salud de un estado miembro que impide tomar en consideración, en concepto de antigüedad del trabajador, la experiencia profesional adquirida por este en un servicio público de salud de otro estado miembro constituye una restricción a la libre circulación de los trabajadores, prohibida, en principio, por el artículo 45 del Tratado de Funcionamiento de la UE”.

La sentencia del TSJ rechazó la alegación de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León relativa a la inexistencia, dentro de la UE, de un régimen común de organización de los servicios de salud de los estados miembros, y declaraba nulo de pleno derecho el artículo del Decreto que regula la carrera profesional del personal estatutario de Sacyl, únicamente en cuanto impide tomar en consideración la experiencia profesional adquirida en otro estado miembro de la UE en concepto de antigüedad del trabajador.
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