El individuo está acusado de fabricar y enviar los paquetes con explosivos al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; a la ministra de Defensa, Margarita Robles; a las instalaciones de la empresa Instalaza en Zaragoza, a la Embajadas de Estados Unidos y Ucrania en Madrid y al centro de satélites de la Base Aérea de Torrejón de Ardoz.
En su auto, el magistrado atribuye el delito de terrorismo a P.G.P. porque, si bien no hay indicios de que pertenezca ni colabore con banda o grupo terrorista organizado, las acciones que se le imputan, el contexto en que se produce de la guerra en Ucrania, la viabilidad de que los artefactos estallaran, como ocurrió en el caso de la Embajada de Ucrania, y los destinatarios de sus acciones, “evidencian que en el ánimo de dicho procesado está presente tanto el objetivo de alterar la paz pública”.
"Trasmitía el mensaje de que nos encontramos ante unas acciones efectuadas por personas vinculadas a Rusia como represión hacia los intereses de España y Estados Unidos como consecuencia de su apoyo a Ucrania ante la ocupación rusa, como obligar a los poderes públicos de nuestro país a abstenerse del apoyo mostrado a favor de Ucrania frente a la agresión rusa”.
En su resolución, el magistrado detalla todos los indicios que sitúan al investigado como autor del envío de los explosivos, entre ellos la entrada y registro en su casa, donde se hallaron varias varillas cilíndricas que pueden corresponder con el mismo tipo de cilindros que alojaban en su interior el pistón incendiario de los artefactos explosivos caseros; diferentes tornillos junto con muelles similares al “percutor” que se utilizó en los artefactos incendiarios; y taladros con brocas de precisión similares a las empleadas para su elaboración.
ADN coincidente
Otro de las pruebas, indica el auto, señala que “el informe de ADN de Comisaría General de Policía Científica (…) constata que el ADN extraído de los vestigios abandonados por P.G.P. coincide con el perfil genético recogido en los sellos y en las diferentes partes internas de los artefactos explosivos”, asegura.
Además, precisa el juez, los sobres de cartón dirigidos al Ministerio de Presidencia, a la Embajada de EEUU, y a Torrejón, que no explosionaron, se encontraron matasellados de forma parcial por el Centro de Tratamiento Automatizado (CTA) de Valladolid. Las imágenes captadas por las cámaras de seguridad de este centro pusieron de manifiesto que los siguientes artefactos habían sido procesados allí.
Una vez efectuada la trazabilidad de estos sobres en sentido inverso hasta los camiones de reparto, prosigue el auto, las rutas seguidas han permitido constatar que los anteriores envíos podrían haber partido de diferentes buzones exteriores de la localidad de Burgos.
Otro de los indicios apunta que las características de los sobres utilizados para los envíos conducen a página web que comercializa su venta online. De la información solicitada a esta empresa comercializadora sobre todas aquellas personas físicas y jurídicas que adquirieron ese tipo de sobres aparece que P.G.P., con domicilio en la localidad de Miranda de Ebro (Burgos), el 5 de noviembre compró 25 sobres de estas características, detalla.
Para el juez Calama los hechos son constitutivos de un delito de terrorismo, con la circunstancia de que uno de los trabajadores de la Embajada de Ucrania resultó herido al explosionar el paquete, y otro delito de fabricación y empleo de aparatos explosivos, inflamables o incendiarios con finalidad terrorista.
Ambos delitos se atribuyen al procesado en su modalidad agravada al tener en cuenta que los envíos se dirigieron expresamente al presidente del Gobierno y a la ministra de Defensa con su nombre y primer apellido.