El Boletín Oficial del Estado publica la resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria por la que se somete a Información Pública la relación de bienes y derechos afectados, y se fija fecha para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras de modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal Bajo.
Es la tercera fase de las expropiaciones para realizar esta obra declarada de interés general. Esta declaración permitirá las expropiaciones forzosas requeridas para dichas obras y la urgente ocupación de los bienes afectados, explica el Boletín.
El proyecto fue promovido por la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA), al Convenio formalizado entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), de 30 de noviembre de 2023, en relación con las obras de modernización de regadíos del «Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos» incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. Fase III, y desarrollado conforme al Convenio Regulador suscrito entre la Comunidad de Regantes del Canal Bajo del Bierzo y SEIASA el 29 de febrero de 2024, para la financiación, construcción, seguimiento ambiental y explotación de las obras de modernización y consolidación de los regadíos de la citada Comunidad de Regantes.
De acuerdo con este último Convenio, si bien la ejecución de las obras del proyecto de referencia corresponde a SEIASA, la obtención de los terrenos, ocupaciones y servidumbres necesarios para la ejecución de la obra compete a la Comunidad de Regantes del Canal Bajo del Bierzo.
Ya se han iniciado los procesos de expropiación en Carracedelo, en Ponferrada y en Camponaraya, pero “dado el gran volumen de terrenos afectados, así como el previsible desarrollo de las obras, es aconsejable que la expropiación de los bienes y derechos necesarios para la realización del proyecto de referencia, se realice en varias fases sucesivas”. Por eso se acomete ahora la Fase III.
Se somete asía a trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por esta tercera fase de las expropiaciones necesarias para la ejecución de esta fase de la actuación, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados.
Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes de Canal Bajo del Bierzo, disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.
La Dirección General ha resuelto convocar a los propietarios de los bienes y derechos afectados para que comparezcan en el Ayuntamiento de Camponaraya los días 5, 6, 7, 8, 9, y 12 de mayo, y en el Ayuntamiento de Ponferrada los días 14 y 15 de mayo, del año 2025, o bien en las dependencias que a tal efecto designen dichos Ayuntamientos, al objeto de proceder al preceptivo levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento a la finca afectada para la toma de datos, si se considerase preciso.
Las operaciones podrán continuar en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes. A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos objeto de expropiación, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, debiendo aportar copia del D.N.I de los titulares, los documentos acreditativos de su titularidad, y, datos bancarios para la realización de las transferencias, pudiendo hacerse acompañar si así lo estiman oportuno y con gastos a su costa de Peritos y Notarios. En el expediente expropiatorio la Comunidad de Regantes de Canal Bajo del Bierzo ostenta la condición de entidad beneficiaria a los efectos establecidos en el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.