El TSJ confirma los dos años y ocho meses de prisión para un estafador que pidió 16 préstamos a una anciana

Las cantidades sumaron más de 15.000 euros que la mujer dejó por la pena que le daba el hombre, que le dijo que devolvería más de esa cantidad, algo que no hizo

09/05/2024
 Actualizado a 09/05/2024
El TSJ confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial de León. | ICAL
El TSJ confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial de León. | ICAL

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de León, a un hombre por engañar a una anciana y acabar estafándole más de 15.000 euros, con el argumento de que estaba viviendo una situación mala y que iba a devolverle los diferentes préstamos que le hizo con ingresos mayores.

La mujer, de 84 años, viuda y sola, contaba 66 llamadas telefónicas del denunciado, en especial en horas nocturnas y cuando esta se encontraba sola en casa, al conocer de antemano que por el día era visitada por una hermana, y a sabiendas de que se trataba de persona vulnerable, todo ello “para ganar su confianza y con la única intención de obtener un beneficio ilícito, dentro de un plan falsario perfectamente calculado”, expone la sentencia. Así, el acusado, dentro de esa estrategia falaz, comenzó a comentar telefónicamente a la denunciante que no tenía medios económicos, “que se encontraba mal y que le tenía que prestar dinero, con el compromiso mendaz de que, con posterioridad, se lo iba a devolver con creces y todo ello a sabiendas de que estaba ocultando la realidad pues en ningún momento tuvo la intención de devolverla el dinero así obtenido”.

La denunciante, movida por la confianza y afinidad emocional ganada por el acusado con la argucia de que se encontraba mal, de que necesitaba dinero y de que la iba la iba a devolver más dinero del prestado, y porque le daba pena por esa situación económica penosa que decía tener, realizó en la cuenta bancaria del acusado 16 ingresos que llegaron a sumar 15.430 euros, sin que se procediera, en ningún caso a su reingreso.

El denunciado fue condenado por un delito continuado de estafa con reincidencia a dos años y ocho meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena. En concepto de responsabilidad civil, también se contempla que deberá indemnizar a la denunciante en la cantidad de 15.430 euros, más los intereses previstos.

El hombre recurrió esa sentencia de la Audiencia al considerar que no se había tenido en cuenta que, las dos primeras llamadas, las había realizado la denunciante y también se omitía que las entregas de dinero eran voluntarias, de una persona que no considera vulnerable por estar viuda y sola, puesto que, durante 30 años estuvo al frente de una bodega de Bembibre, argumentaba.

Sin embargo, el alto tribunal considera que todo se basó en un engaño y que “los hechos acaecidos son constitutivos de un delito de estafa continuada, tal prueba es suficiente, y más allá de toda duda razonable”.

La sentencia considera probados los hechos que imputa la acusación pública al acusado, quien, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, para ganarse la confianza de la denunciante, la llamó reiteradas veces” a sabiendas de su vulnerabilidad, pues era una persona anciana, viuda y que vivía sola, convenciéndola para que le realizara imposiciones en efectivo en su cuenta bancaria, con la falsa promesa de devolverla más cantidad de la prestada, de manera que la víctima realizó hasta 16 imposiciones en efectivo por un importe total de 15.430 euros, de cuyo dinero el acusado no la ha devuelto cantidad alguna”.

Por todo ello el TSJ desestima el recurso y confirma íntegramente la condena, con imposición de las costas de esta segunda instancia, al recurrente. Cabe ahora recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, dentro de los cinco días siguientes al de su última notificación, para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, con arreglo a la ley.

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