El municipio de Villaturiel es, sin duda, un rincón muy apreciado por los aficionados a la pesca. No en vano, está bañado por las aguas de los ríos Bernesga, Porma y Esla. En este término municipal -y compartiéndolo con otros ayuntamientos- se ubica la zona de Agua en Régimen Especial Controlada (Arec) de Marne, que acoge especies naturales de alto valor ecológico. Con una longitud de unos ocho kilómetros, está acotado como tal desde el puente de la N-601 en Puente Villarente hasta la desembocadura en el río Esla.
Hablar del paso del Esla a través de Villaturiel es hacerlo de extraordinarias pozas que hacen que la pesca resulte muy cómoda para los deportistas de cualquier nivel. A ello se suma como otra ventaja, su cercanía de la capital leonesa, a tan sólo unos 13 kilómetros. Sin duda, datos a tener en cuenta a la hora de planificar una escapada de pesca. Todas estas condiciones provocan que Marne se presente como una gran zona para el pescador.
No es casualidad por tanto que sea una de las zonas más demandadas año tras año, tratándose de un enclave ribereño muy conocido entre todos los aficionados a la pesca.
Esta temporada
El primer periodo hábil para esta temporada será del 29 de marzo al 31 de agosto. Se fijan como días sin muerte los lunes, martes, jueves y viernes, y como días con muerte los miércoles, sábados, domingos y festivos. El segundo periodo hábil queda marcado del 1 de septiembre al 15 de octubre, siendo todos los días sin muerte.
Para la presente temporada, se permite la modalidad de pesca mixta, estando prohibidos los aparatos de flotación. Si hablamos de cebos para días sin muerte, lo haremos de solo mosca artificial, cucharilla u otros señuelos. En todos los casos, con un único anzuelo desprovisto de arponcillo o muerte. Los cebos para días con muerte permitidos son señuelos artificiales con un único anzuelo y cebos naturales salvo lombriz, quedando prohibidos la ya mencionada lombriz, pez vivo, pez muerto, toda clase de huevas, cualquier fase de desarrollo de animales que no pertenezcan a la fauna local, señuelos con pilas, baterías o fuentes lumínicas artificiales, señuelos con más de un anzuelo.
Además, hay que tener en cuenta que en los días con muerte, una vez alcanzado el cupo de trucha común, la acción de pescar deberá practicarse en la modalidad de pesca sin muerte, según lo establecido en el artículo 37 del Decreto 33/2017, de 9 de noviembre.
Los cupos
Se establece el cupo por día y pescador en dos ejemplares para la trucha común que deberá tener una talla mínima de 24 centímetros, de dos para barbos salvo del 1 de mayo al 15 de julio que será de cero, dos ejemplares para bogas, madrilla, bordallo, cacho salvo del 1 de mayo y al 15 de julio en que serán 0, dos para gobio -excepto del 1 de mayo al 15 de julio-, y no habrá límite para el piscardo y las invasoras.