Una ley para reducir los residuos y avanzar hacia una economía circular

Tüv Sud, hacia una política ‘R’: reducir, recuperar, reciclar, reparar y rediseñar

Fernando González y Jesús Rubio
06/06/2022
 Actualizado a 06/06/2022
La nueva ley pretende limitar la producción de envases de un solo uso. | L.N.C.
La nueva ley pretende limitar la producción de envases de un solo uso. | L.N.C.
El pasado 9 de abril se publicó en el BOE n º 85 la nueva ‘Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular’ tras un amplio debate en su consulta pública entre los distintos afectados: entidades locales, productores, gestores, grupos ecologistas, etcétera.

El objetivo principal de la Ley es reducir al mínimo los efectos negativos de la generación y gestión de los residuos en la salud humana y el medio ambiente, así como, en aras de una economía circular, hacer un uso eficiente de los recursos, contribuyendo además a la lucha contra el cambio climático y la contaminación marina.

La Ley incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la directiva aprobada en 2018, con las modificaciones que esta introduce en la Directiva Marco de residuos. De esta manera, se fortalece la prevención de residuos incluyendo medidas para contribuir a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relativos al desperdicio alimentario y a las basuras marinas, se incrementan a medio y largo plazo los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado de los residuos municipales y se establece la obligatoriedad de nuevas recogidas separadas, entre otros, para los biorresiduos, los residuos textiles y los residuos domésticos peligrosos.

Se hace un especial hincapié en la reducción de envases, fomentando el uso de fuentes de agua potable y de envases reutilizables, especialmente en el sector de la hostelería y restauración; las administraciones públicas fomentarán el consumo de agua potable en sus dependencias y otros espacios públicos, mediante el uso de fuentes en condiciones que garanticen la higiene y la seguridad alimentaria.

Como gran actor en nuestra sociedad se hace importante mención a los plásticos, estableciendo las bases para una nueva economía del plástico en la que el diseño y la producción de plásticos y los productos de plástico respeten las necesidades de reutilización, reparación y reciclado, así como el desarrollo y la promoción de materiales más sostenibles. Es la primera vez que una ley estatal en materia de residuos dedica un título entero a esta fracción de residuo, concretamente el título V.

Centrándonos únicamente en aspecto asociados a los residuos urbanos, comprendiendo como tal los residuos domésticos y aquellos residuos comerciales o industriales similares a los anteriores que sean de competencia municipal, recogidos mediante contenedores urbanos, puntos limpios u otros sistemas de recogida municipal e incluyendo también los residuos de la limpieza viaria y los residuos biodegradables de la limpieza de parques y jardines, se pueden fijar unos objetivos y, con el fin de alcanzarlos, se establece un calendario basado en la reducción en peso de los residuos generados. Así, en 2025 se reduciría un 13 % respecto a los generados en 2010 y en 2030 se alcanzaría un descenso del 15 % respecto a 2010.

Medidas


Para cumplir estos objetivos se establecen una serie de medidas detalladas a continuación.

Por una parte, queda prohibida la destrucción o su eliminación mediante depósito en vertedero de excedentes no vendidos de productos no perecederos tales como textiles, juguetes o aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa o por protección del consumidor y seguridad.

Con el fin de promover la prevención de envases de un solo uso, a más tardar el 1 de enero de 2023, los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados destinarán al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.

Quienes comercialicen en España equipos eléctricos o electrónicos informarán al consumidor sobre la reparabilidad de dichos productos. A tales efectos, reglamentariamente se regulará un índice de reparabilidad para equipos eléctricos y electrónicos, así como las obligaciones de información al consumidor acerca del mismo.

Residuos alimentarios


Respecto a la reducción de residuos alimentarios, las empresas de producción primaria, las industrias alimentarias y las empresas de distribución y de restauración colectiva deberán priorizar por este orden: la donación de alimentos y otros tipos de redistribución para consumo humano; la transformación de los productos que no se han vendido pero que siguen siendo aptos para el consumo;la alimentación animal y la fabricación de piensos; su uso como subproductos en otra industria; y en última instancia, ya como residuos, al reciclado y, en particular, a la obtención de compost y digerido de máxima calidad para su uso en los suelos con el objetivo de producir un beneficio a los mismos, y, cuando no sea posible lo anterior, a la obtención de combustibles.

Con el fin de favorecer la valorización de los diferentes residuos domésticos de las entidades locales establecerán la recogida separada de, al menos, las siguientes fracciones de residuos de competencia local: el papel, los metales, el plástico y el vidrio, los biorresiduos de origen doméstico antes del 30 de junio de 2022 para las entidades locales con población de derecho superior a cinco mil habitantes, y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto.

Se entenderá también como recogida separada de biorresiduos la separación y reciclado en origen mediante compostaje doméstico o comunitario, los residuos textiles antes del 31 de diciembre de 2024, los aceites de cocina usados antes del 31 de diciembre de 2024,los residuos domésticos peligrosos antes del 31 de diciembre de 2024, para garantizar que no contaminen otros flujos de residuos de competencia local, los residuos voluminosos (residuos de muebles y enseres) antes del 31 de diciembre de 2024, y otras fracciones de residuos determinadas reglamentariamente.

Residuos de construcción


Respecto a los residuos de construcción y demolición, a partir del 1 de julio de 2022, los no peligrosos deberán ser clasificados en, al menos, las siguientes fracciones: madera, fracciones de minerales (hormigón, ladrillos, azulejos, cerámica y piedra), metales, vidrio, plástico y yeso. Asimismo, se clasificarán aquellos elementos susceptibles de ser reutilizados tales como tejas, sanitarios o elementos estructurales preferentemente en el lugar de generación de los residuos y sin perjuicio del resto de residuos que ya tienen establecida una recogida separada obligatoria.

Residuos plásticos


Como se ha mencionado anteriormente las propuestas para la reducción de generación de residuos plásticos son numerosas, entre ellas caben destacar algunas.
Una de ellas es que queda prohibida la introducción en el mercado de los siguientes productos: bastoncillos de algodón, cubiertos, platos, pajitas, agitadores de bebidas, vasos y recipientes para bebidas hechos de poliestireno expandido incluidas tapas y tapones.

A partir de 1 de enero de 2025, solo podrán introducirse en el mercado "botellas PET" que contengan al menos un 25% de plástico reciclado y a partir del 3 de julio de 2024 solo se podrán introducir en el mercado los productos de plástico de un solo uso cuyas tapas y tapones permanezcan unidos al recipiente durante la fase de utilización.

Además, se recoge una reducción de la comercialización de determinados productos de plástico de un solo uso como vasos para bebidas y recipientes para alimentos. Así, en 2026 se ha de conseguir una reducción del 50 % en peso, con respecto a 2022 o en 2030, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a este año.

Algunos tipos debandejas de plástico (que sean envases) y productos monodosis de plástico, (como anillas de plástico que permiten agrupar varios envases individuales, y palos de plástico usados en el sector alimentario como soportes de productos –palos de caramelos, de helados y de otros productos–, todos ellos fabricados con plástico no compostable, deberán sustituirse preferentemente por alternativas reutilizables y de otrosmateriales tales como plástico compostable, madera, papel o cartón, entre otros.
Cada uno de nosotros, como individuos de la sociedad de la que formamos parte, debemos colaborar en la consecución de los objetivos que desarrolla la nueva Ley. Reducir el cambio climático, y alcanzar una economía circular y sostenible está en nuestras manos.

Se estima que la gestión de los residuos se convierta en una fuente de trabajo importante en los próximos años, para ello y para conseguir los objetivos anteriormente descritos debemos implicarnos en la política de las ‘R’: reducir, recuperar, reciclar, reparar, rediseñar…

¡Reinventémonos!

Un texto de Fernando González López (Technical Manager ENS - PWS) y Jesús Rubio (Gerente Técnico ENS-PWS)
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