El Fuero de León es una norma jurídica de gran importancia nacida en tierra leonesa, cumple mil años este sábado, 1º de agosto de 2020. Se promulgó para reconstruir y repoblar el reino de León, su capital y alfoz, dotando de derechos, beneficios y obligaciones a aquellos que quisieran habitarla. Fue posible porque se vuelve a una paz, antes inalcanzable por las continuas incursiones de Almanzor y posteriormente de su hijo Al-Malik, las incursiones normandas y la política interna de gran inestabilidad que Alfonso tuvo que sortear en la primera parte de su reinado. La conmemoración del milenario de la promulgación de los fueros es un hito histórico que graba con letras de oro la importancia del Reino de León en la historia.
En el año 1920 se celebró el 900 aniversario con gran boato, creándose en el Ayuntamiento de León y la Diputación Provincial comisiones para preparar los actos, realizándose ceremonias, actividades y publicaciones que festejaron los Fueros.
Las poblaciones incluidas en el Alfoz, determinado en los Fueros, disfrutan de los mismos privilegios y exigencias que la propia capital, ya que el territorio del mismo, es más amplio que el referido al perímetro de la ciudad de León; no nos olvidemos que las actividades económicas más importantes en la época, eran las que se ejecutaban en el campo. Los productos procedentes de la agricultura y ganadería terminan en el mercado, lugar de trueque y venta de estos productos.
El Fuero citaba los límites del alfoz: El Fuero citaba los límites del alfoz: Sanctam Martham, Quintanellas de Uia de Ceia, Centum Fontes, Uillam Auream, Uillam Felicem, Illas Milieras, Cascantes, Uillam Uellite, Uillar Mazareffe, Uallem de Ardone, Sanctum Iulianum (plano de la página siguiente). Comprendía un amplio distrito de 1.400 Km/2, compuesto por los actuales municipios de León, San Andrés del Rabanedo, Sariegos, Cuadros, Garrafe, Villaquilambre, Mansilla Mayor, Mansilla de las Mulas, Villasabariego, El Burgo Ranero, Villamoratiel, Santas Martas, Corbillos de los Oteros, San Román, Campo de Villavidel, Villanueva de las Manzanas, Ardón, Chozas de Abajo, Villadangos, Vega de Infanzones, Onzonilla, Santovenia de la Valdoncina, Valverde de la Virgen, Villaturiel y Valdefresno.Es muy relevante y significativo el marco de la catedral románica de Santa María, lugar ocupado hoy por la catedral gótica, en la que se proclamaron los fueros (… in ipsa sede beate Marie), porque era donde los reyes de León solían reunir la curia de forma solemne y eran convocadas por el rey las más altas dignidades del reino para aprobar los decretas que constituían las leyes importantes del mismo. La Catedral es nombrada varias veces, tanto en el prólogo, «… in pręsentia regis domini Adefonsi et uxoris eius Geloirę reginę, conuenimus aput Legionem in ipsa sede beatę Marię …»como en el precepto XXX:«Omnes habitantes intra muros et extra predicte urbis semper habeant et teneant unum forum, et ueniant in prima die Quadragesime ad capitulum Sancte Marię de Regula et constituant mensuras panis et uini et carnis, et pretium laborantium qualiter omnis ciuitas teneat iustitiam in illo anno…».En el aspecto jurídico, El Fuero de León es una legislación, la primera que aparece en España en la Alta Edad Media , que regula la nueva realidad que se vive en el reino. Consta de dos partes claramente diferenciadas: una regula y «arma» la estructura social del reino y la otra, la de León y su Alfoz.El texto más conocido de esta norma es el que se conserva en la catedral de Oviedo llamado ‘Liber Testamentorum’ o texto ovetense. En él aparecen los cuarenta y ocho preceptos que agrupan los promulgados en 1017 y los del 1020. Otro texto del Fuero, el llamado ‘liber fidei’, lo descubrió Sánchez Albornoz en el año 1922, éste, muy deteriorado, se conserva en Braga y agrupa sólo los preceptos de 1017.La trascendencia de estos fueros fue notabilísima por su influencia en otros muchos. Tanto los que se conceden en lo que hoy conforma la provincia de León, así como su ascendencia en otros que podríamos denominar extra-provinciales. A través de los filiales de Sahagún (1085) y de Benavente (1164) se implantan en Cantabria, Asturias, País Vasco, Galicia, Extremadura, e incluso en varios de lo que hoy es el norte de Portugal, entre otros.Estas leyes fueron aprobadas por el rey de León Alfonso V, un rey que hereda el reino con 3 años y tuvo que vencer grandes dificultades hasta que el reino alcanza la estabilidad, que consigue después de reconstruir la ciudad, tener que enfrentarse a incursiones normandas y a las últimas agarenas, además de conseguir sofocar rebeliones internas de nobles. El año 1017 no es sólo la fecha de la promulgación del Fuero, sino que significa que Alfonso tenía bajo control su reino.Alfonso V fue un gran rey que, en sus últimos años de reinado y vida, quiso ampliar sus dominios. Y así, poniendo sitio a Viseu encontró la muerte por un flechazo recibido mientras revisaba sus defensas desprotegido de armadura. Pasó a la historia como el rey de los Buenos Fueros. Sus restos se encuentran en el panteón de los reyes de San Isidoro, cuya primitiva iglesia la edificó este rey con pobres materiales (ex luto et latere, es decir, de tapial y ladrillo) cuya advocación fue a San Juan Bautista.
Su epitafio dice:
«Aquí yace D. Alfonso, que pobló León, después que la destruyó Almanzor; y le dio buenos Fueros, e hizo esta iglesia de tapias y ladrillo. Tuvo guerra con los moros, y le mataron con una saeta, cerca de Viseo, en Portugal, fue hijo del rey D. Bermudo Ordóñez, murió año de mil y veinticinco, a cinco de mayo».
Vicente Carvajal es gestor cultural y durante años fue presidente de la Sociedad para el Fomento de la Cultura de Amigos del País de León (Sofcaple), entidad organizadora del milenario de los Fueros de León.
Milenario del Fuero de León
El claustro de la Catedral acoge este sábado la lectura de los 48 preceptos, el prólogo y la cláusula final de la norma jurídica promovida por el rey Alfonso V y que cumple mil años
01/08/2020
Actualizado a
01/08/2020
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