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El otro lado del espejo

12/01/2025
 Actualizado a 12/01/2025
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La inexistente ‘Fundación tan Española como otras de Abogados Laicos’ anuncia que, tomando como fundamento el artículo 16.3 de la Constitución española, el código civil y el sentido común, ha emprendido las siguientes acciones legales en forma de denuncias y querellas varias y pirotécnicas.

Contra la iglesia católica española y sus distintas instancias y escalafones:
- Por abusos continuados y sistémicos a menores y la ocultación prolongada de tales delitos.
- Por trato discriminatorio y denigrante hacia las mujeres y hacia colectivos de distinto género y orientación sexual.
- Por colaboración y connivencia con la dictadura.
- Por la inmatriculación a su nombre, con ocultación y alevosía, de miles de propiedades y bienes raíces que ni son suyos ni deberían.
- Por la cuestionable propiedad plena de inmuebles mantenidos, reparados, reformados y reconstruidos con caudales públicos.
- Por la falta de contribución al bien público mediante el pago de impuestos.
- Por cobro de tarifas irregulares con subterfugio de su carácter voluntario.
- Por la adscripción confesional de menores sin posibilidad de reafirmarse o anular tal hecho en la mayoría de edad con idéntica facilidad.

Contra el Estado español y sus distintas y relajadas administraciones:
- Por trato de privilegio mediante el llamado Concordato.
- Por exceso de financiación a una organización que se supone sufragada por sus partidarios a través de una casilla del IRPF y por donaciones.
- Por la falta de iniciativa a la hora de expropiar bienes muebles e inmuebles de titularidad eclesiástica por razones de interés general.
- Por dejación de funciones para registrar inversiones y aportación de caudales públicos en forma de porcentaje de titularidad de edificios y bienes eclesiásticos.
- Por inclusión de materia y asignatura religiosa en el programa educativo y permisividad ante una enseñanza desigualitaria de facto.
- Por la falta de inspección y sanción en los incumplimientos de leyes en distintas materias: patrimonio cultural, educación, etc.
- Por autorizar a entidades privadas la invasión de espacio público y restricciones a la libre circulación durante la llamada Semana Santa y otras ceremonias, incluyendo la emisión de ruidos y molestias varias.
- Por la presencia de crucifijos y otros símbolos confesionales en actos públicos así como por el desarrollo de ceremonias religiosas y existencia de elementos confesionales en protocolos laicos.
- Por el estrepitoso sonido de las campanas. Hala.

Nota final: Los sucesos y personajes aquí descritos son completamente ficticios. Cualquier parecido con personas reales, vivas o muertas, o con hechos reales es pura coincidencia.

 

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