25/07/2024
 Actualizado a 25/07/2024
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La ‘patria potestad’ incluye la capacidad de tomar decisiones acerca de cuestiones de relevancia para el desarrollo, la integridad y bienestar del menor. Entre los temas más importantes para un hijo menor de edad estaría la sanidad y la educación.

Hasta el siglo XXI esta problemática no existía en los centros educativos, pero en los últimos años está a la orden del día. Rara es la semana que no aparece algún embolado en la secretaría o en las tutorías de los centros educativos. Este ‘boom’ nos llegó de repente a los equipos directivos y hemos tenido que solicitar información legal para no cometer demasiados errores. Y esto está ocurriendo en toda España. Las Consejerías de Educación de todas las comunidades autónomas se han precipitado a publicar protocolos o «guías de actuaciones en los centros docentes en los supuestos en los que los progenitores del alumnado menor no convivan». 

La guía de Castilla y León puede encontrarse en el Portal de Educación y nos aclara en su introducción que «pretende facilitar las actuaciones de los centros sostenidos con fondos públicos marcado las pautas de actuación que éstos deben realizar en los supuestos en los que los progenitores del alumnado menor no convivan en el mismo domicilio bien por estar divorciados, separados, exista nulidad matrimonial, etc. Se aplica también en los casos en que los progenitores hayan finalizado o disuelto una unión de hecho. Hay que considerar que, con carácter general, los progenitores conservan la patria potestad respecto de sus hijos lo que implica que tienen una serie de deberes y derechos en relación a su cuidado. Estos derechos y deberes están recogidos fundamentalmente en el Código Civil. La casuística de situaciones es muy variada y por ello los centros pueden encontrarse en la práctica con casos que no estén respondidos con las pautas que aquí se establecen. Para facilitar las actuaciones en estos supuestos, además de la GUÍA se pone en marcha un servicio de asesoramiento a través de una dirección de correo electrónico en el que se puede plantear las dudas y obtener una pauta de actuación acorde con lo que marca el ordenamiento jurídico».

Cada vez es más frecuente la situación de separación o divorcio entre los padres de los alumnos y esto se traslada a los centros escolares cuando se crean situaciones de conflicto entre ambos. Los equipos directivos tienen la obligación de conocer los derechos y deberes que asisten a los padres para no equivocarse en las actuaciones del sistema habitual de comunicación y relación con las familias.

La casuística es interminable: padres que se niegan a autorizar la matrícula de su hijo en el centro que lo ha hecho la madre, madres que nos prohíben dar información a los padres del comportamiento o calificaciones de los hijos, peleas de ambos para llevarse del centro al niño, dificultades para tener las dos firmas en la matrícula o en autorizaciones para las actividades extraescolares.

La experiencia nos dice, después de cometer errores de inexpertos en derecho, que no hagamos nada antes de leer lo que el juez ha escrito. Hemos tenido ocasión de analizar muchas sentencias que cada vez son más concretas y minuciosas. Cuando se detecten situaciones de conflicto lo más prudente es solicitar al padre o la madre la sentencia judicial. Allí estará clara la recogida del centro de los menores, la información sobre los resultados escolares, la asistencia a las reuniones de padres de alumnos o su matriculación. Si hay lagunas o existen dudas en la sentencia judicial lo mejor es consultar al juez para no cometer errores, a veces irremediables. 

Este trabajo complementario que ha caído a los directores de colegios e institutos suele ser muy desagradable. Cuando el conflicto entre los padres es muy tenso se puede llegar a situaciones penosas. Y el director se encuentra en medio, entre el padre, la madre y el alumno. Si no es sensato y comedido tiene muchas posibilidades de acabar en los juzgados.

Pero la parte más triste está en los niños. En la primera reunión de transporte escolar de cada curso siempre se quedaba alguno porque tenía que solicitar dobles rutas para llegar unos días a la casa de la madre y otros a la del padre. En las firmas de las autorizaciones de los dos padres para viajes siempre alguno sufría por tener dificultades para conseguir la firma de los dos. Cada día más casos y más problemas, casi siempre dolorosos. Antes difícilmente nos encontrábamos con estos temas, pero en los últimos años los equipos directivos nos hemos ido acostumbrando a este triste suplemento en nuestro cometido.

 

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